Diccionario panhispánico del español jurídico

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juicio sobre la acusación

Sublema de juicio
Pen. Valoración que realiza el juez instructor sobre la existencia de indicios bastantes para sostener la acusación por unos hechos.
«El tradicional auto de procesamiento de nuestro sistema procesal clásico, según detectó un ilustre tratadista, constituye el equivalente al juicio de acusación. Solo la decisión de un Juez estimando que existen indicios bastantes para sostener la acusación por unos hechos, permite entrar en el acto del juicio oral. Sin procesamiento no cabe acusación en el procedimiento ordinario. La suficiencia de la base indiciaria es sentada por el Instructor al decretar el procesamiento. Sobre el fondo del auto de procesamiento, solo podrá pronunciarse el Tribunal llamado al enjuiciamiento si se interpone un recurso […]. Que la pretensión acusatoria goce de razonabilidad, es decir, que concurran indicios de que han sucedido los hechos y de que en ellos ha participado el acusado. Es el juicio de acusación que, según se ha dicho, en nuestro procedimiento penal originario se encuentra encerrado en el auto de procesamiento» ( STS, 2.ª, 23-VII-2013, rec. 189/2013).