- juicio justo
- Gral. Juicio imparcial con todas las garantías procesales que aseguran la efectiva tutela jurisdiccional con proscripción de la indefensión.
CEDH, art. 6 ;CE, art. 24 . «Conviene recordar que el derecho fundamental a un juicio justo, un proceso público sin dilaciones indebidas o el proceso debido, due process en la terminología de la Constitución norteamericana, conlleva, por una parte y con carácter instrumental, el derecho a la defensa en juicio con la asistencia de jurisperitos, Abogado y Procurador, derechos ambos consagrados constitucionalmente en nuestra Ley fundamental, como es bien sabido. El ingrediente social del Estado de Derecho “que significa una acción tuitiva del más débil o desvalido cuando surge un conflicto en el cual la prepotencia del contrario le haría siempre ser el perdedor, para conseguir así la igualdad real y efectiva de individuos y grupos, a la cual encamina el
art. 9 de la Constitución (STC 123/1992 ), explica la raíz profunda del derecho a la justicia gratuita de quienes no tengan los medios económicos suficientes para afrontar los gastos que genere un litigio (art. 119 CE) ”» (STC 137/1999, 22-VII -1999).
Sublema de juicio