Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juicio de ab intestato

Sublema de juicio
Proc. Proceso sucesorio que se promueve cuando una persona fallece sin testar y tiene como finalidad declarar quiénes son sus herederos de acuerdo con la ley sucesoria, y la adjudicación de los bienes que componen el patrimonio del difunto.
LEC de 1881, arts. 977-1000, vigente en virtud de la disposición derogatoria única 1.2.ª; LEC 1/2000, hasta la entrada en vigor de la ley sobre jurisdicción voluntaria; LEC 1/2000, arts. 782-789 y 792-805. «Los juicios de ab intestato conforman actuaciones de jurisdicción voluntaria susceptibles de revisión en los procesos declarativos ordinarios correspondientes, con lo que no crean situación de indefensión irreparable, estando incluso excluidos dichos procedimientos del ámbito de los juicios de revisión. Los procesos declarativos están dotados de eficacia procesal suficiente para obtener cuantas declaraciones de derecho se pretendan en la jurisdicción ordinaria y con ello las derivadas de la partición de herencia, fijación y atribución de cuotas entre los partícipes sucesorios e incluso la realización de operaciones de división del caudal hereditario en trámite de ejecución de sentencia (sentencia de 14 de julio de 1994)» (STS, 1.ª, 31-X-1996, rec. 207/1993).