Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juez del concurso

Sublema de juez
Merc. y Proc. Órgano judicial especializado dentro del orden jurisdiccional civil, dotado de competencia exclusiva y excluyente para conocer de la declaración y tramitación del concurso de acreedores y de otras materias con transcendencia para el patrimonio del concursado o para el buen desarrollo de este procedimiento judicial. Recae sobre el juez de lo mercantil, siendo competente territorialmente el del lugar donde el deudor tuviera su centro de intereses principales o, alternativamente, su domicilio cuando ambos lugares no coincidan.
«La ley configura al juez como órgano rector del procedimiento, al que dota de facultades que aumentan el ámbito de las que le correspondían en el derecho anterior y la discrecionalidad con que puede ejercitarlas, siempre motivando las resoluciones» (Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, apdo. IV, Exposición de Motivos).