- juez comisario
- desus. Proc. En la redacción original del Código de Comercio de 1829, cargo y persona nombrados por el tribunal para gestionar la quiebra, y entre otras funciones, autorizar los actos de ocupación de bienes, presidir las juntas de acreedores y promover la calificación y liquidación de los créditos.Con posterioridad, el cargo pasó a denominarse comisario de la quiebra. La figura del comisario de la quiebra ha desaparecido del moderno derecho concursal español con la
Ley 22/2003, de 9 de julio , concursal, sustituyéndose por la figura de la administración concursal. «En el acto de hacerse por el tribunal la declaración de quiebra, se proveerán también las disposiciones siguientes: 1.º El nombramiento de juez comisario de la quiebra en uno de los individuos del tribunal de comercio» (Código de Comercio promulgado el 30 de mayo de 1829, art. 1044).
Sublema de juez