Diccionario panhispánico del español jurídico

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jubilación

Lab. Retiro de un empleo público o privado, una vez cumplidos ciertos requisitos de edad, tiempo de labor y aportes, con derecho a percibir una remuneración periódica.
La pensión es la prestación económica del sistema de Seguridad Social que cubre la pérdida de ingresos sufrida por una persona cuando cesa en el trabajo o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos. La jubilación se reconoce tanto en régimen de derecho administrativo, para los funcionarios, como en el de derecho laboral, para los trabajadores. En algunos países existe también una modalidad no contributiva, en virtud de la cual tendrán derecho a la jubilación quienes, cumplida la edad legalmente fijada, carezcan de rentas e ingresos en cuantía superior a la que determine la ley y reúnan los otros requisitos que esta señale. El derecho del Estado sobre la Seguridad Social establece un pormenorizado régimen jurídico a propósito de la jubilación, del que son aspectos básicos los siguientes: requisitos para tener derecho a la pensión; determinación de su cuantía; compatibilidad con el trabajo o con otros ingresos; causas de extinción. TRLGSS, art. 42.1.c). Decreto Ley 3500, de Chile. En Argentina la ley exige tener 30 años de aportes al sistema previsional y 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 en el caso de los hombres.

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