Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

jornada ordinaria

Sublema de jornada
Lab. Jornada legal de labor, que corresponde a la relación de dependencia. Se cumple de lunes a viernes, y por el máximo de ocho horas diarias y cuarenta semanales.
TRET, arts. 24 y sigs . Todo trabajo realizado más allá de la jornada ordinaria tendrá sobrecargos monetarios por cada hora trabajo. El descanso semanal continuado de 48 horas puede reemplazarse por otros días durante la semana. Código del Trabajo, de Ecuador, art. 47. En Chile, la duración de la jornada ordinaria no excederá de 45 horas semanales y, por su parte, la duración diaria no podrá exceder de 10 horas. Código del Trabajo, de Chile, art. 22.