- jefe político
- Adm. e Hist. Autoridad gubernativa provincial que es delegado general del Gobierno en esa demarcación.El artículo 324 de la Constitución de Cádiz lo denominó jefe superior, pero a partir de la Instrucción para el gobierno económico-político de las provincias, de 23 de julio de 1813, la denominación cambió por la de jefe superior político. El jefe político es la autoridad superior a la que están sometidas todas las demás en sus circunscripciones, estatales y locales, teniendo atribuidas amplias facultades coactivas para conseguir imponer sus decisiones. Instrucción para el gobierno económico y político de las provincias de 3 de febrero de 1823, artículo 239.
Sublema de jefe