Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ius in re

Sublema de ius
Can. y Civ. Situación en la que se halla el titular de un derecho. El ius in re se opone tanto a la expectativa de derecho como al ius ad rem, situación en la que se encuentra el futuro titular de un derecho.
El titular del ius in re no se ve afectado por las normas que modifiquen sus derechos adquiridos al amparo de una norma anterior, salvo que así se indique expresamente (CIC, c. 9). Los efectos de la disolución, unión o extinción de personas jurídicas deben respetar los derechos adquiridos (CIC, cc. 121-123).