Diccionario panhispánico del español jurídico

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inviolabilidad de la propiedad

Sublema de inviolabilidad
Adm. Principio que prohíbe el quebrantamiento de la propiedad privada, declarado por primera vez en el constitucionalismo por el artículo 17 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano.
En España esta proclamación, que no constaba en la Constitución de 1812, se hizo a iniciativa de Argüelles, en la primera Ley de Expropiación Forzosa de 17 de julio de 1836.