- inviolabilidad de la defensa en juicio
- Const. y Proc.; Arg. Principio constitucional conforme al cual todo justiciable tiene derecho a ejercer una defensa adecuada de sus intereses en cualquier tipo de proceso.
Constitución de la Nación Argentina , art. 18. La tutela de dicha garantía ha sido preocupación del Tribunal Máximo de la República Argentina desde sus orígenes, en los que señaló que el ejercicio de la defensa debe ser cierto, de modo tal que quien sufre un proceso penal ha de ser provisto de un adecuado asesoramiento legal, al extremo de suplir su negligencia en la provisión de defensor asegurando, de este modo, la realidad sustancial de la defensa en juicio (Fallos: 5:459; 192:152; 237:158; 255:91 y 311:2502).
Sublema de inviolabilidad