Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

inversor cualificado

Sublema de inversor
Merc. Categoría de inversor que abarca las siguientes personas o entidades: personas jurídicas autorizadas o reguladas para operar en los mercados financieros, incluyendo entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, otras entidades financieras autorizadas o reguladas, compañías de seguros, instituciones de inversión colectiva y sus sociedades gestoras, fondos de pensiones y sus sociedades gestoras, intermediarios autorizados de derivados de materias primas, así como entidades no autorizadas o reguladas cuya única actividad sea invertir en valores; gobiernos nacionales y regionales, bancos centrales, organismos internacionales y supranacionales, como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, el Banco Europeo de Inversiones y otras organizaciones internacionales similares; otras personas jurídicas que no sean pequeñas y medianas empresas; personas físicas residentes en el Estado español que expresamente hayan solicitado ser consideradas como inversor cualificado y que cumplan las condiciones legales; y las pequeñas y medianas empresas que tengan su domicilio social en el Estado español y que expresamente hayan solicitado ser consideradas como inversor cualificado.
TRLMV, arts. 33 y sigs.