Diccionario panhispánico del español jurídico

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interés judicial

Sublema de interés2
Proc.; R. Dom. Interés compensatorio otorgado por los tribunales sobre el monto de la condena dineraria principal a fin de cumplir con el principio de reparación integral que rige la materia de responsabilidad civil, según el cual el responsable de un daño está obligado a indemnizar a la víctima la totalidad del perjuicio existente al momento de producirse el fallo definitivo, sin importar que el daño haya sido inferior a la hora del hecho lesivo o a la de incoarse la acción.
Suprema Corte de Justicia, Salas Reunidas, sentencia del 22 de abril de 2015, núm. 5, B. J. 1253; Tribunal Constitucional, sentencia TC/0091/19 del 21 de mayo de 2019.