Diccionario panhispánico del español jurídico

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interrogatorio de las partes

Proc. Medio procesal de prueba por el que cada parte puede solicitar del tribunal la declaración de las demás partes en el proceso, formulando preguntas sobre hechos y circunstancias de los que tenga noticia y que guarden relación con el objeto del proceso.
LEC, art. 301 . «La declaración de la parte es un medio de prueba eficaz para acreditar los hechos en los que se funde la sentencia, pero solo el reconocimiento de los hechos que le son perjudiciales reviste características de prueba plena y en los demás casos la declaración de la parte se ha de valorar según las reglas de la sana crítica. Ahora bien, aunque nada establezca la LEC al respecto, para que la eficacia probatoria de la declaración de parte se extienda a hechos que no le sean enteramente perjudiciales es preciso que su coherencia sea total y absoluta en relación con las demás pruebas practicadas, o bien que se vea reforzada directa o indirectamente por otras pruebas de las que pueda inferirse la fiabilidad de lo declarado por la parte» (STS, 1.ª, 28-VI-2012, rec. 546/2009).

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