Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

interpretación legal de los criterios de atribución de competencias

Sublema de interpretación
Adm. y Const. Prohibición al legislador estatal de incidir indirectamente en la delimitación de competencias mediante la interpretación de los criterios que sirven de base a la misma.
«El legislador ordinario no puede dictar normas meramente interpretativas cuyo exclusivo objeto sea precisar el único sentido, entre los varios posibles, que debe atribuirse a un determinado concepto o precepto de la constitución, pues, al reducir las distintas posibilidades o alternativas del texto constitucional a una sola, completa de hecho la obra del poder constituyente y se sitúa funcionalmente en su mismo plano, cruzando al hacerlo la línea divisoria entre el poder constituyente y los poderes constituidos» (SSTC 76/1983, 214/1989 y 31/2010).