- interpretación errónea pero razonable de la norma aplicable
- 1. Gral. Entendimiento de la norma, de entre sus posibles sentidos, en uno equivocado pero conforme a la razón, dada la complejidad de su tenor literal o de su sector de aplicación.2. Adm. Causa que excluye o, en su caso, atenúa la culpabilidad y, con ello, la responsabilidad administrativa sancionadora.3. Adm. Causa específica de error que es típica del derecho administrativo sancionador, sobre todo en el ámbito de las sanciones tributarias.SAN, 1-IV-2015, rec. 17/2012.
Sublema de interpretación