Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

interponer

Proc. Formalizar un recurso.
«Es evidente que estaríamos ante un recurso inadmisible por extemporáneo, toda vez que el art. 46.3 de la Ley establece que “si el recurso contencioso-administrativo se dirigiera contra una actuación en vía de hecho, el plazo para interponer el recurso será de diez días a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo establecido en el art. 30. Si no hubiere requerimiento, el plazo será de veinte días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho» (STS, 3.ª, 4-VI-2009, rec. 3810/2008).