Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

interesado en el procedimiento administrativo sancionador

Sublema de interesado
Adm. Persona física o jurídica que tiene un derecho subjetivo o un interés legítimo afectado o involucrado en el procedimiento administrativo sancionador. Lo es siempre el acusado y excepcionalmente quien tenga un interés legítimo en que se sancione a aquel y solicite la iniciación del procedimiento sancionador o se persone en él una vez iniciado; por ejemplo, la víctima o perjudicado por la infracción administrativa. No obstante, la jurisprudencia es muy restrictiva sobre esta última posibilidad y solo lo ha aceptado en rarísimas ocasiones, salvo en los ámbitos en que se reconoce la acción pública.
«Son interesados en el procedimiento, además de los inculpados, quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos» (LPSPV, art. 30).

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