Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

integración ganadera

Sublema de integración
Amb. Relación contractual en la cual una parte, denominada integrador, se obliga a aportar los animales o los productos para la alimentación animal, productos sanitarios y asistencia veterinaria, y la otra, denominada ganadero integrado, aporta los servicios de alojamiento del ganado, instalaciones, mano de obra y cuidados a los animales.
Ley 8/2003, de 24-IV, de Sanidad Animal, art. 3.