Diccionario panhispánico del español jurídico

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inspección de los centros penales

Sublema de inspección
Adm., Civ. y Pen.; Nic. Inspección que las autoridades judiciales, procuradores penales, los fiscales, procuradores para la defensa de los derechos humanos, diputados y los funcionarios de la oficina de ejecución y vigilancia de las sanciones penales a los adolescentes, el inspector general del Sistema Penitenciario Nacional, de conformidad con la legislación vigente, en todo tiempo y momento y sin mayor trámite, pueden realizar en los centros penitenciarios para verificar si el cumplimiento de las sanciones penales y medidas de privación de libertad se efectúan en forma y modalidad previstas por la ley.
Ley n.º 473, del Régimen Penitenciario y Ejecución de Pena, art. 47.