- inmovilización de ficheros
- Adm. Potestad del director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en los supuestos constitutivos de infracción muy grave, de paralizar los ficheros pertenecientes a aquellos responsables que han incumplido su previo requerimiento de cese en la utilización o cesión ilícita de los datos.
LOPD, art. 49. SSTS 26-XI-2012, rec. 4126/2010, y 22-X-2013, rec. 1286/2011.