Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ingreso en la cárcel de internas con hijos menores de tres años

Pen. Entrada en prisión de internas acompañadas de sus hijos menores de tres años. Para su aceptación en la prisión deberá acreditarse debidamente la filiación y que dicha situación no entrañe riesgo para los menores, poniendo en conocimiento del Ministerio Fiscal la decisión adoptada a los efectos oportunos.
RP, art. 17.