Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

infracción del deber de residencia

1. Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el militar que deja de observar las normas relativas a la obligación de residencia, no comunica el lugar de su domicilio habitual o temporal y los datos que hagan posible su localización si lo exigen las necesidades del servicio o se desplaza al extranjero sin autorización cuando sea preceptiva.
LORDFA, arts. 6.21 y 6.22.
2. Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el miembro de la Guardia Civil que deja de observar las normas relativas a la obligación de residencia, desatiende el llamamiento para la prestación de un servicio, no se incorpora a su unidad con la mayor prontitud posible cuando sea requerido para ello, no comunica su domicilio o los datos precisos para su localización o se coloca en situación de no ser localizado.
LORDGC, art. 9.4.

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