- infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal o por incumplir las condiciones de determinadas autorizaciones
- Fin. Infracción consistente en la omisión de la obligación de declarar y autoliquidar en plazo, siempre que no se haya producido o no se pueda producir perjuicio económico a la Hacienda pública o cuando se haya omitido la obligación de suministrar la información citada a la Administración tributaria.
Sublema de infracción tributaria