Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

infracción manifiesta

Adm. y Pen. Transgresión objetiva e incuestionable de la ley, o de una disposición general, que no puede salvarse con interpretación alguna.
CP, art. 410.2. «El artículo 75.2 de la Ley de esta Jurisdicción faculta al Juez o Tribunal a oponerse al allanamiento tan solo “si ello supusiera infracción manifiesta del ordenamiento jurídico”, es decir, si se trata de una ilegalidad ostensible y manifiesta» (ATS, 3.ª, 25-II-2015, rec. 881/2013).