Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

infracción administrativa

Adm. Acción u omisión típica, antijurídica y culpable para la que el ordenamiento jurídico prevé la imposición de una sanción administrativa. Sus elementos esenciales coinciden con los del delito.
Tanto las infracciones como las sanciones han de estar preestablecidas en una norma con rango de ley. CE, art. 25. El procedimiento especial sobre potestad sancionadora se ha integrado como especialidad del procedimiento administrativo común (LPAC ), mientras que los principios generales de la potestad sancionadora se regulan en la LRJSP, arts. 25 y sigs . «Ambos ilícitos exigen un comportamiento humano, positivo o negativo, una antijuridicidad, la culpabilidad, el resultado potencial o actualmente dañoso, y la relación causal entre este y la acción» (STS, 3.ª, 27-I-2003, rec. 498/1999).

Referenciado desde

Sublemas