- indemnización parlamentaria
- Parl. Concepto retributivo incluido dentro de las asignaciones económicas a los parlamentarios, destinado a cubrir los gastos originados por la actividad de la Cámara. El montante de la indemnización se fija por la Mesa y se diferencia en función de que los senadores o diputados lo sean o no por la circunscripción de Madrid, en atención a los diferentes gastos que ello conlleva.En algunos parlamentos autonómicos, se entiende por indemnización la percepción retributiva de los diputados que no poseen dedicación exclusiva frente a la nomenclatura general de asignación económica para referirse al salario de los diputados con régimen de dedicación exclusiva.
Sublema de indemnización