- indemne
- Gral. Que no ha recibido ningún daño a pesar de haber estado en peligro o de haber sufrido un accidente.«[...] acogen el principio de que la reversión debe dejar indemne al particular, de modo que no sufra menoscabo alguno ni beneficio en su patrimonio como consecuencia de la misma» (
STS, 3.ª, 21-XII-2012, rec. 2519/2012 ).