Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

incapacidad para el consentimiento matrimonial

Sublema de incapacidad
1. Civ. Falta de aptitud para prestar válidamente el consentimiento matrimonial.
CC, art. 56.
2. Can. Falta de capacidad para obligarse en matrimonio que el Codex Iuris Canonici (c. 1905) atribuye a las siguientes personas: «1.º quienes carecen de suficiente uso de razón; 2.º quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar; 3.º quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica».