- inamovilidad
- Adm. y Const. Prerrogativa del titular de un órgano que evita que pueda ser cesado o sustituido si no es con arreglo al procedimiento y por las causas establecidas legalmente. En particular, prerrogativa de los jueces y magistrados que, para garantizar su independencia, no pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.