Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

in partibus infidelium

Can. En tierra de infieles.
Se decía de los obispos, y también de sus sucesores, que se habían visto obligados a abandonar su territorio por haber caído en poder de otros pueblos. La misma calificación se aplicaba también a las diócesis de esos obispos, en las que el cristianismo quedó prácticamente extinguido. Esta dispersión de obispos tuvo lugar, sobre todo, en la segunda mitad del siglo xiii, como consecuencia de la pérdida de Tierra Santa y la caída de vastas regiones del antiguo Imperio de Bizancio bajo dominio no cristiano. Esta denominación fue suprimida por decisión de la Congregación de Propaganda Fide del 27 de febrero de 1882 y aprobada al día siguiente por León XII.