Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

in dubio pro reo

1. Gral. 'En caso de duda, a favor del reo' (Gayo: Digesto 50, 17, 125, favorabiliores rei potius quam actores habentur, 'se debe favorecer más a los reos que a los actores').
Principio general del derecho que es manifestación concreta del más general principio favor rei que informa el proceso penal. Las dudas de hecho se resuelven a favor del reo. No es aplicable a las dudas relativas a la calificación jurídica; estas se resuelven con el principio in dubio pro libertate y no con el in dubio pro reo (STS, 2.ª, 27-I-2013, rec. 467/2012). STS, 2.ª, 24-II-2015, rec. 837/2014: «La presunción de inocencia, señaló el Tribunal Constitucional en su Sentencia 31/81, de 28 de julio, ha dejado de ser un principio general del derecho que ha informado la actividad judicial (in dubio pro reo) para convertirse en un derecho fundamental que vincula a todos los poderes públicos».
2. Adm. Regla específica de valoración de la prueba favorable al acusado que obliga a la Administración a no sancionarlo en caso de que dude entre dos pruebas suficientes, de cargo y de descargo, que le merezcan la misma credibilidad.
«Mientras la presunción de inocencia opera cuando se carece de un soporte probatorio de cargo suficiente (y) la consecuencia no puede ser otra que la absolución, el principio aludido (in dubio pro reo) solo opera ante la duda que pueda surgir al ponderar las pruebas de cargo y de descargo con arreglo al principio de libre valoración de la prueba» (STC 63/1993; STS, 2.ª, 8-III-1993, rec. 2762/1991).

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