Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

in dubio pro debitore

Gral. 'En caso de duda, a favor del deudor'.
Recogido en el artículo 59 del Código de Comercio : «Si se originaren dudas que no puedan resolverse […] se dictará la cuestión a favor del deudor».

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