Ulpiano:
Digesto 48, 19, 32:
si utriusque legis crimina obiecta sunt, mitior lex […] erit sequenda ('
si la acusación era por crímenes previstos en ambas leyes deberá darse preferencia a la más leve'); y Suárez:
Opus de virtute et statu religionis 1, 27:
in his rebus odiosis mitior pars sequenda est ('
en estas circunstancias se debe seguir la opción más benigna'). Aparece también con las formas abreviadas
o simplemente
mitior. Se asocia por la jurisprudencia penal con la benignidad o soluciones de gravedad menor para el reo (
STS, 2.ª, n.º 1215, de 14-XII-1961). La
lex mitior se justifica en razones
humanitatis causa e
en respuesta a un razonable criterio de compasión, cuyo ejemplo más característico es la denominada «
retroactividad in mitius» en el supuesto de norma penal, nacida con posterioridad al hecho criminal, más beneficiosa para el reo, extendiendo sus efectos a situaciones ya producidas y afectando incluso a las sentencias firmes y ejecutivas (SSTS, 2.ª, n.º 201, de 14-II-1976; n.º 1646, de 5-XII-1975; n.º 724, de 30-V-1970).