Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

imputar

1. Gral. Atribuir.
«Las anualidades que correspondan al ejercicio que se inicia de compromisos de gasto de carácter plurianual contabilizados en años anteriores se imputarán a los créditos autorizados en el presupuesto de dicho ejercicio» (Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, disp. adic. 19ª).
2. Gral. Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable.
3. Pen. Dictar el juez auto de imputación o de conversión del procedimiento en abreviado, con determinación de los hechos punibles e identificación de la persona a que se atribuyen o imputan.
LECrim, art. 779.1.4.ª.