- imputación de rentas inmobiliarias
- Fin. Régimen especial en el impuesto sobre la renta de las personas físicas aplicable a determinados bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual, que están a disposición del contribuyente y en virtud del cual se considera producida una renta fiscal, consistente en un 2 % de su valor catastral.
LIRPF, art. 85.1.