Diccionario panhispánico del español jurídico

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imputación

Pen. Decisión judicial por la que se atribuye a un sospechoso la presunta participación en un hecho delictivo.
«Igualmente en el procedimiento abreviado el Juez viene obligado, desde el momento en que estime que existen indicios para considerar que el procedimiento debe dirigirse contra persona determinada, por poder atribuírsele el delito perseguido, a considerarla como imputada, haciéndoselo saber así por algún medio, instruyéndole de sus derechos […] y proporcionándole un Letrado que la defienda» (STS, 2.ª, 9-II-1995, rec. 1922/1994).

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