Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

imputación de pagos en las deudas tributarias

Fin. Facultad del obligado tributario por varias deudas tributarias para adjudicar cada pago a la deuda que libremente determine.
LGT, art. 63.1 . El cobro de un débito de vencimiento posterior no extingue el derecho de la Administración tributaria a percibir los anteriores en descubierto, LGT, art. 63.2.