- impugnación de la paternidad
- Civ.; Chile Acción que busca dejar sin efecto la filiación con el padre.«La paternidad determinada por reconocimiento podrá ser impugnada por el propio hijo, dentro del plazo de dos años contado desde que supo de ese reconocimiento» (
Código Civil, art. 216 ).
Sublema de impugnación