Diccionario panhispánico del español jurídico

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imprimátur

Can. Resultado favorable para la publicación de un escrito sometido al juicio de la autoridad eclesiástica competente. Este consiste en la aprobación que supone un juicio positivo sobre el contenido del libro o del escrito: el texto es aceptado por la Iglesia o es conforme con la doctrina auténtica.
CCEO, c. 661 § 2. En la concesión de la licencia se garantiza jurídica y moralmente que nada hay en el escrito contrario a la fe y a las costumbres: el texto es inmune de errores (CCEO, c. 661 § 3). Su ámbito de aplicación se circunscribe a las verdades de la fe y de las costumbres en cuanto escritas y destinadas a divulgarse públicamente (CIC, c. 824 § 2): los libros de la Escritura, los libros litúrgicos y de oraciones, los catecismos y otros escritos sobre formación catequética, los textos escolares de la Escritura, los textos de teología, derecho canónico e historia de la Iglesia, y las colecciones de decretos o actos publicados por una autoridad eclesiástica para su reedición (CIC, cc. 825-828).