Diccionario panhispánico del español jurídico

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igualdad de armas procesales

Sublema de igualdad
Const. y Proc. Principio que forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, en su vertiente de derecho a un proceso con todas las garantías, y que consiste en el derecho de las partes a un trato procesal igual, con idéntica posibilidad de ser oídas por quien ha de resolver.
«Este Tribunal ha declarado que la prohibición de indefensión es una garantía general que implica el respeto del esencial principio de contradicción en el proceso (STC 48/1986). Y también ha dicho reiteradamente que el art. 24.2 CE , al reconocer los derechos a un proceso con todas las garantías y a la defensa, ha consagrado, entre otros, el derecho a la igualdad de armas y el de defensa contradictoria de las partes, quienes han de tener la misma posibilidad de ser oídas y acreditar, mediante los oportunos medios de prueba, lo que convenga a la protección de sus derechos e intereses legítimos (SSTC 4/1982, 89/1986, 231/1992 y 273/1993, entre otras). Doctrina que indudablemente es aplicable al incidente en fase de ejecución de una Sentencia en el que se discute que la pena impuesta por dicha resolución ha de recaer sobre la persona que fue condenada y no sobre un tercero» (STC 64/1995).