Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

identificación electrónica de los interesados en el procedimiento administrativo

Adm. y Tel. Identificación que se produce a través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad.
LPAC, art. 9. En particular, la LPAC admite los siguientes sistemas: a) sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»; b) sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»; c) sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema que las administraciones públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan.