Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

hostelero, ra

Merc. Elemento personal del contrato de hospedaje, titular del alojamiento.
«Procede reseñar, por su relación con el caso debatido, la argumentación de la STS de 16 de enero de 1987, la cual ha sentado “más bien se trata [...] de un arriendo de apartamentos para que el arrendatario los dedique a cederlos por precio a terceros con fines de hospedaje ejercido como industria, conforme al artículo 2.1 LAU, queda excluido de esta legislación especial, rigiéndose también por el Derecho común las relaciones del hostelero con sus huéspedes» (STS, 1.ª, 18-III-2009, rec. 665/2003).