Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

hogar

Civ.; Ven. Régimen jurídico que puede una persona constituir sobre una vivienda de su propiedad mediante declaración ante el juez, a virtud del cual dicho inmueble queda separado del patrimonio del constituyente, y libre de embargo y remate por toda causa u obligación, aunque conste en documento público o sentencia ejecutoriada.
Aparece regulado en los arts. 632 y sigs. del Código Civil , junto a los derechos reales de uso y habitación.