Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

hijo abortivo

Sublema de hijo
desus. Hist. Hijo nacido antes de tiempo o muerto inmediatamente después del parto.
«Por evitar muchas dudas que suelen ocurrir cerca de los hijos que mueren recién nascidos, sobre si son naturalmente nascidos o si son abortivos, ordenamos y mandamos que tal hijo se diga que naturalmente es nascido, y que no es abortivo, cuando nació vivo todo, y que a lo menos después de nascido vivió veinte y cuatro horas naturales, y fue bautizado antes que muriese; y si de esa manera nascido murió dentro de dicho término, o no fue bautizado, mandamos que el tal hijo sea habido por abortivo, y que no pueda heredar a sus padres ni a sus madres ni a sus ascendientes» (Ley 13 de Toro; Ley 2, tít. 5, lib. 10, Nov. Recop.).

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