Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

herejía

Can. Negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma (CIC, c. 751).
Es uno de los «delitos contra la religión y la unidad de la Iglesia» (libro VI del CIC), CIC, c. 1364, junto con la apostasía y el cisma.