1.
Adm.Descubrimiento de bienes que, poseyendo los valores que son propios del patrimonio histórico, se produce en el curso de las intervenciones arqueológicas y paleontológicas, o como consecuencia de cualquier tipo de remociones de tierra, demoliciones u obras de cualquier índole en lugares en que se desconocía la existencia de los mismos.
Ley 7/1990, de 3 de julio, art. 48.1; Ley 3/2013, de 18 de junio, art. 31.1.
2.
Civ.;
Col.Especie de ocupación por la cual el que encuentra una cosa inanimada, que no pertenece a nadie, adquiere su dominio apoderándose de ella.
Código Civil, art. 699. También se denomina invención.