Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

hallazgo

1. Adm. Descubrimiento de bienes que, poseyendo los valores que son propios del patrimonio histórico, se produce en el curso de las intervenciones arqueológicas y paleontológicas, o como consecuencia de cualquier tipo de remociones de tierra, demoliciones u obras de cualquier índole en lugares en que se desconocía la existencia de los mismos.
Ley 7/1990, de 3 de julio, art. 48.1; Ley 3/2013, de 18 de junio, art. 31.1.
2. Civ.; Chile, Col., Cuba y Ur. Especie de ocupación por la cual el que encuentra una cosa inanimada, que no pertenece a nadie, adquiere su dominio apoderándose de ella.
Código Civil, de Colombia, art. 699. También se denomina invención. Código Civil, de Chile, art. 624. Ley 59, de Código Civil, de Cuba, art. 193. Código Civil, de Uruguay, arts. 717 y sigs.

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