Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

grupos intermedios

Sublema de grupo
1. Adm.; Chile Organizaciones voluntariamente creadas por personas y ubicadas entre el individuo y el Estado para que cumplan sus fines específicos a través de los medios de que dispongan con autonomía frente al aparato público.
Constitucion Política de la República, art. 1.
2. Gral.; Chile Pluralidad de personas que se hallan vinculadas por determinada situación, y así no lo son ni las personas separadamente consideradas ni en cierto modo tampoco las familias, que tienen una unidad no nacida sustancialmente de la voluntad de sus integrantes, ni las simples agrupaciones o aglomerados inorgánicos.