Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

grupo de afectados

Sublema de grupo
Adm. Grupo de personas legitimadas para recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa siempre que ostenten la titularidad de un derecho o interés legítimo.
«La recurrente se encuentra legitimada ex artículo 19, en relación con el 18, de la LJCA, como grupo de afectados» (STS, 3.ª, 25-IX-2009, rec. 2166/2015).