Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

gobernador, ra del Banco de España

Adm.; Esp. Persona que dirige el Banco de España, preside el Consejo de Gobierno y la Comisión Ejecutiva, y representa legalmente al banco ante aquellas instituciones y organismos internacionales en los que está prevista su participación. Lo nombra el rey a propuesta del presidente del Gobierno. Su mandato tiene una duración de seis años, sin posible renovación.
Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.